Los
ejecutivos, gerentes y personas con conocimiento
especializado que trabajan para compañías
no-estadounidenses pueden ser transferidos a compañías
estadounidenses que sean subsidiarias, sucursales,
filiales o socios de empresas conjuntas de la
compañía no-estadounidense.
Asesoramos a las compañías, empleados,
y a sus familiares acompañantes en la preparación
de la extensa documentación, cumpliendo
con las reglas, regulaciones y definiciones constantemente
cambiantes, y coordinando los asuntos entre empleador
y empleado. Guiamos a las partes a través
de las decisiones referentes a la estructura corporativa
apropiada y las obligaciones laborales, los requerimientos
financieros, evaluaciones de grados en el extranjero,
ampliaciones de estadía, y el cambio eventual
de una visa “L” temporal a otra visa
apropiada. Representamos los intereses de las
partes ante el INS en Estados Unidos y ante el
consulado del país de origen del empleado.
A continuación
se describe la Visa L-1.
Las visas L-1 están disponibles para personas
que han sido empleadas fuera de Estados Unidos
como gerentes, ejecutivos o personas con conocimiento
especializado durante al menos uno de los tres
últimos años, y que son transferidos
a Estados Unidos para ser empleados en un cargo
en el que se use el conocimiento y habilidad especial
de esa persona. La compañía estadounidense
debe ser subsidiaria, sucursal, filial o compañía
conjunta de la compañía no-estadounidense,
y puede ser una nueva entidad que entra en una
línea de negocio diferente a la de la compañía
no-estadounidense.
Privilegios de la Visa L-1:
• Usted puede ser transferido a Estados
Unidos y trabajar legalmente para una compañía
estadounidense que es subsidiaria, sucursal,
filial o socio de compañía conjunta
de la compañía no-estadounidense.
• La compañía estadounidense
puede entrar en una línea de negocio
completamente diferente a la de la compañía
no-estadounidense, y puede ser una nueva entidad.
• Las visas L-2 están disponibles
para los esposos(as) e hijos de los titulares
de visas L-1. Los esposos(as) puede trabajar
o estudiar con la visa L-2 visa, y los hijos
pueden estudiar.
• Usted puede viajar libremente dentro
y fuera de Estados Unidos durante la validez
de la visa.
• Si usted es un tiene un cargo ejecutivo
o gerencial, puede obtener un estatus de residencia
permanente por trabajo siguiendo un procedimiento
abreviado.
Restricciones de la Visa L-1:
• Usted debe haber trabajado para la compañía
no-estadounidense como gerente, ejecutivo o
persona con conocimiento especializado durante
al menos uno de los tres últimos años.
• Las compañías estadounidenses
y no-estadounidenses deben tener una relación
de subsidiario, sucursal, filial o un socio
de compañía conjunta, tal como
lo define la ley de inmigración de Estados
Unidos.
• Usted está obligado a trabajar
sólo para el empleador estadounidense
que solicitó su visa L-1.
• La compañía no-estadounidense
debe seguir funcionando mientras la visa L-1
esté vigente.
• La visa L-1 será inicialmente
emitida por un plazo máximo de tres años,
con extensiones permitidas de dos años,
por un plazo máximo de siete años
para gerentes y ejecutivos y un plazo máximo
de cinco años para personas con conocimiento
especializado.
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